SEGURIDAD BARRIOS ofrece a todos sus clientes sistemas de seguridad que evitan robos y daños en viviendas de todo tipo utilizando las últimas tecnologías.
Desde hace 25 años esta empresa con sede en Cáceres (Calle Catedrático Antonio Silva 8) se ha especializado en instalar sistemas adecuados para cada tipo de necesidad.
La demanda en sistemas de seguridad, y cada vez más, los sistemas de videovigilancia , se ha incrementado en los últimos años y crece a un ritmo elevado. Los clientes solicitan sistemas más sofisticados, acorde a sus necesidades, ya que hoy en día el cliente siente la necesidad de proteger sus negocios y su hogar.
SEGURIDAD BARRIOS se ha adaptado a las nuevas tecnologías, renovándose día a día apostando por la evolución de su negocio y ofreciendo el mejor servicio, aumentando el índice de satisfacción de sus clientes, siempre con una imbatible relación calidad precio.
El cliente puede optar entre el sistema de alarma, con la opción de conexión a central receptora de alarmas; el circuito cerrado de televisión, con sistema de transmisión y grabación digital, para vigilancia de casas y empresas a través de Internet.
La empresa también se ocupa de la instalación de sistemas de detección y extinción de incendios; de la venta y revisión de extintores y placas de señalización; dispone de cierres de seguridad, puertas a medida motorizadas, cajas fuertes y puertas acorazadas.
Otro apartado importante de Seguridad Barrios es el de reparaciones y mantenimiento de sus instalaciones.
Así mismo, también destacar el servicio postventa que ofrecen, ya que incluso contando con innumerables instalaciones en toda Extremadura, disponen de un amplio personal cualificado dispuesto a resolver cualquier problema que puede surgir mediante su servicio 24 horas.
La empresa dispone de la homologación exigida por la Dirección General de Seguridad del Estado y Consejería de Economía, Industria y Comercio de la Junta de Extremadura para realizar todas las tareas antes mencionadas con la experiencia y profesionalidad demostrada a lo largo de los años para disfrutar de la total confianza de sus clientes.
SEGURIDAD BARRIOS selecciona de entre toda la oferta de proveedores, sólo a aquellos que destacan por las prestaciones de sus productos y por su garantía de calidad.
Además de ser de la máxima calidad, cumplen con todas la normativas que le son exigibles, poniendo a disposición del cliente las homologaciones
y certificaciones de todos los productos.
Uno de los mayores factores diferenciadores de
SEGURIDAD BARRIOS son los servicios de valor añadido que ofrece a sus clientes tanto como
atención personalizada como un excelente servicio de post-venta debido a la calidad humana de su plantilla.
SEGURIDAD BARRIOS como empresa instaladora autorizada por la Dirección General de Policía cumple con la normativa vigente en lo referente a Protección de Datos. La Agencia de Protección de Datos, recientemente ha publicado una nueva Guía de Videovigilancia que ponemos a su disposición en el siguiente enlace:
Destacamos de ella algunos puntos, tales como:
• La Ley de Protección de Datos se aplica en todos los casos de recogida de imágenes de personas identificadas o identificables, exceptuando las grabaciones en el ámbito familiar o doméstico.
• Incluso en los casos en los que las cámaras se utilicen para fines lícitos y legítimos, el deber de información subsiste siempre. Aunque no es obligatorio revelar el lugar exacto de colocación de las cámaras, si lo es el señalizar los accesos al recinto con los carteles de "Zona Videovigilada". Además se debe contar con el consentimiento previo del titular, excepto cuando una norma con rango de Ley exima del consentimiento, como en los casos previstos por la Ley de Seguridad Privada, o en el artículo 20 del Estatuto de los Trabajadores.
• Cámaras instaladas en espacios privados no pueden obtener imágenes de espacios públicos.
• Las imágenes captadas se conservarán durante un plazo máximo de 30 días, exceptuando aquellas solicitadas por las fuerzas de seguridad o por orden judicial.
• Todo sistema de cámaras que disponga de dispositivo de grabación deberá notificarse a la Agencia Española de Protección de Datos. Aquellos sistemas que solo utilicen video en directo no será necesario registrarlos en la Agencia, lo cual no exime del resto de responsabilidades recogidas en la LOPD y en la Instrucción 1/2006 de 8 de diciembre sobre videovigilancia.
• Los distintivos de "Zona Videovigilada" recogerán los datos del responsable del fichero, y en aquellos casos en los que, por la ubicación del cartel, sea complicada su lectura, deberán disponer de impresos con los datos del responsable del fichero por si alguien los solicita.
• La utilización de sistemas para la captación de imágenes con fines de videovigilancia y seguridad está sujeta a condiciones derivadas de la Ley 23/1992 de 30 de julio, de Seguridad Privada y su reglamento de desarrollo, de la LOPD, y a la Instrucción 1/2006. Se trata de servicios que solo pueden ser prestados por empresas de seguridad específicamente autorizadas por el Ministerio del Interior, en virtud de sus condiciones y cualificación. El art. 20 del Reglamento de Seguridad Privada establece la obligación de formalizar, y notificar a la autoridad competente, un contrato cuando se presta un servicio de seguridad. La ausencia de contrato tendrá como consecuencia la falta de legitimación de la instalación. No confíe la instalación de su sistema de seguridad a empresas no autorizadas.
• Cada vez resulta más frecuente el uso de cámaras IP y Webcams, así como la transmisión de imágenes por Internet, respecto de cuyo uso deben analizarse los riesgos: la configuración por defecto del software puede no reunir las garantías de seguridad facilitando el acceso a las imágenes por parte de personas no autorizadas. Reiteramos que es irrelevante el medio técnico empleado. La Instalación de cualquier sistema de videovigilancia con fines de seguridad requiere la participación de una empresa de seguridad debidamente autorizada.
(c) SEGURIDAD BARRIOS, SA * 2009 *** Cat. Antonio Silva, 8 * 10002 * CACERES (ESPAÑA)