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Sistemas de seguridad en Cáceres

¿Busca sistemas de seguridad en Cáceres? Entonces, deje de hacerlo porque ha dado con la empresa adecuada, ya que desde Seguridad Barrios contamos con sistemas modernos con los que podrá proteger su vivienda en todo momento. Somos una compañía de seguridad que lleva muchos años en este sector y sabemos diseñar sistemas específicos en función de la vivienda de cada cliente.

Elementos de seguridad en Cáceres

Trabajamos con todo tipo de elementos de seguridad, desde la vigilancia hasta las puertas acorazadas, las cuales fabricamos a medida para cada vivienda. Asimismo, nos puede preguntar por las cajas fuertes o las puertas motorizadas de seguridad.

 

Nuestros empleados disponen de una alta cualificación para llevar a cabo las instalaciones de estos sistemas, los cuales están homologados por la Dirección General de Seguridad del Estado. Estamos aquí para protegerle en lo que podamos.

 

Póngase en contacto con nuestra empresa.

Política de Calidad

 GUÍA DE VIDEOVIGILANCIA

En Seguridad Barrios estamos autorizados como empresa instaladora por la Dirección General de Policía en lo referente a Protección de Datos. La Agencia de Protección de Datos, recientemente ha publicado una nueva guía de videovigilancia que ponemos a su disposición en el siguiente enlace:

Destacamos de dicha guía algunos de sus puntos:

  • La Ley de Protección de Datos se aplica en todos los casos de recogida de imágenes de personas identificadas o identificables, exceptuando las grabaciones en el ámbito familiar o doméstico.
  • Incluso en los casos en los que las cámaras se utilicen para fines lícitos y legítimos, el deber de información subsiste siempre. Aunque no es obligatorio revelar el lugar exacto de colocación de las cámaras, si lo es el señalizar los accesos al recinto con los carteles de "Zona Video vigilada". Además, se debe contar con el consentimiento previo del titular, excepto cuando una norma con rango de Ley exima del consentimiento, como en los casos previstos por la Ley de Seguridad Privada, o en el artículo 20 del Estatuto de los Trabajadores.
  • Cámaras instaladas en espacios privados no pueden obtener imágenes de espacios públicos.
    Las imágenes captadas se conservarán durante un plazo máximo de 30 días, exceptuando aquellas solicitadas por las fuerzas de seguridad o por orden judicial.
  • odo sistema de cámaras que disponga de dispositivo de grabación deberá notificarse a la Agencia Española de Protección de Datos. Aquellos sistemas que solo utilicen video en directo no será necesario registrarlos en la Agencia, lo cual no exime del resto de responsabilidades recogidas en la LOPD.
  • Los distintivos de "Zona Videovigilada" recogerán los datos del responsable del fichero, y en aquellos casos en los que, por la ubicación del cartel, sea complicada su lectura, deberán disponer de impresos con los datos del responsable del fichero por si alguien los solicita.
  • La utilización de sistemas para la captación de imágenes con fines de videovigilancia y seguridad está sujeta a condiciones derivadas de la Ley 5/2014 de 4 de abril, de Seguridad Privada y su reglamento de desarrollo, de la LOPD, y a la Instrucción 1/2006. Se trata de servicios que solo pueden ser prestados por empresas de seguridad específicamente autorizadas por el Ministerio del Interior, en virtud de sus condiciones y cualificación. El art. 20 del Reglamento de Seguridad Privada establece la obligación de formalizar, y notificar a la autoridad competente, un contrato cuando se presta un servicio de seguridad. La ausencia de contrato tendrá como consecuencia la falta de legitimación de la instalación. No confíe la instalación de su sistema de seguridad a empresas no autorizadas.
  • Cada vez resulta más frecuente el uso de cámaras IP y Webcams, así como la transmisión de imágenes por Internet, respecto de cuyo uso deben analizarse los riesgos: la configuración por defecto del software puede no reunir las garantías de seguridad facilitando el acceso a las imágenes por parte de personas no autorizadas. Reiteramos que es irrelevante el medio técnico empleado. La Instalación de cualquier sistema de videovigilancia con fines de seguridad requiere la participación de una empresa de seguridad debidamente autorizada.

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Calle Catedrático Antonio Silva, 8 - bajo

10002, Cáceres, CÁCERES, ES

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